BIENVENIDOS A LA RONDA DEL VIGILANTE

martes, 16 de julio de 2013

Los Permisos retribuidos deben PAGARSE

Los permisos retribuidos deberán pagarse como si se hubieran trabajado, SIPVS-C gana la SENTENCIA
Sentencia nº 203/2013

El pasado día 27 de Mayo el Juzgado de lo Social 31 de Barcelona dictó sentencia en la cual traza una perspectiva diferente en la aplicación del pago de los días de permisos retribuidos a los Vigilantes de Seguridad.

La empresa Prosegur, señalaba que la retribución de un permiso por traslado, no son jornadas reales y no pueden ser computadas del mismo modo que un día de trabajo efectivo, mantenía que por cada día de permiso retribuído se tenia que satisfacer a razón de 5,20 h. por día, al mismo precio de la hora extra correspondiente a cada vigilante

Nuestra postura firme y defendida era que la retribución que correspondía contemplar, los días que el V.S. tuvo que hacer el traslado, debió ser la que efectivamente se fijaba en cuadrante para aquellos días y equiparar como un día de trabajo efectivo sin merma de las horas y pluses que le correspondiera por cuadrante (nocturnidad, festividad, horas, etc. etc.)

Dicha sentencia nos da la razón y se determina que el permiso no puede producir una “pérdida de retribución “ y por tanto quien disfruta el permiso tiene derecho a la misma retribución que le hubiere correspondido en caso de haber trabajado, es decir, las mismas horas y todos los complementos que le correspondieran por cuadrante.

Una vez más las empresas en su afán de maximizar su beneficio, mutilan los derechos económicos de todos los vigilantes a su libre antojo, aún estando reconocidos en el cuestionado Convenio que algunos Sindicatos afines han firmado.

Por lo tanto hacemos saber a nuestros afiliados que podemos efectuar reclamación cuando pedimos permiso retribuido y la Empresa siga pagando sus migajas.